Participación de agentes no estatales en las desapariciones forzadas y la responsabilidad internacional

ISBN

Formato digital
979-13-87837-85-3

Fecha de publicación

20-11-2025

Licencia

D. R. © copyright 2025 Dante Jaime Haro Reyes, Enrique Arámbula Maravilla y Angélica Jesús Ceceña Altamirano.

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Dante Jaime Haro Reyes
Universidad de Guadalajara
0000-0002-0599-488X
José Esparza Hernández
Universidad de Guadalajara
0009-0006-5314-1677

Acerca de

La desaparición forzada atribuida tradicionalmente a la actuación directa de servidores públicos enfrenta en el contexto mexicano y latinoamericano un desafío significativo: la participación de actores no estatales. Figuras como las llamadas “madrinas”, estrechamente vinculadas a estructuras policiales y judiciales, ponen de manifiesto que la frontera entre lo estatal y lo no estatal se diluye, favoreciendo escenarios de violencia sistemática e impunidad.
Este artículo examina cómo la intervención de agentes no estatales compromete la responsabilidad internacional de los Estados, no solo por acción directa, sino también por omisión, tolerancia o aquiescencia. Para ello se analizan los antecedentes históricos en México, la evolución conceptual de la desaparición forzada, el Proyecto de artículos sobre responsabilidad internacional del Estado y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El estudio del caso Campo Algodonero vs. México resulta central pues refleja la forma en que la Corte IDH ha interpretado la diligencia debida frente a violaciones cometidas por particulares. Se concluye que la responsabilidad internacional debe ampliarse para responder a los contextos híbridos de violencia que afectan a las víctimas en la región latinoamericana, donde la delincuencia organizada juega un papel de primer orden en la generación de violencia.

Referencias

Abramovich, V. (2010). Responsabilidad estatal por violencia de género: comentarios sobre el caso González y otras (Campo Algodonero) vs. México. Anuario de Derechos Humanos, (2010), 167-182.
Fondevilla, G. (2009). “Madrinas”: Informantes y parapolicías. La colaboración ilegal con el trabajo policial en México (Documento de trabajo No. 34). Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).
Jiménez García, F. (2011). La responsabilidad directa por omisión del Estado más allá de la diligencia debida. Reflexiones a raíz de los crímenes -feminicidas- de Ciudad Juárez. Revista Española de Derecho Internacional, 63(2), 7-46. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3786685
Organización de las Naciones Unidas (2001) Anuario de la Comisión de Derecho Internacional (Informe de la Comisión a la Asamblea General sobre la labor realizad en su quincuagésimo tercer período de sesiones). Comisión de Derecho Internacional.
Robledo Silvestre, C. (2016). Genealogía e historia no resuelta de la desaparición forzada en México. Íconos, (55), 93–114.
Sferrazza-Taibi, Pietro. (2020). Desapariciones forzadas por actores no estatales: la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Íconos Revista de Ciencias Sociales, (67), 17-37.

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